La facultad de Cierre de definitivo de establecimientos comerciales es de las Alcaldías Locales. Un cierre definitivo empieza con una querella o denuncia ciudadana y en pocos casos por iniciativa de la misma entidad para hacer cumplir la norma urbanística. Hacer cumplir la norma significa, por ejemplo, que un bar desarrolla su actividad en una dirección y en una zona donde está prohibido el expendio y consumo de bebidas alcohólicas, si ocurre esto las Alcaldías Locales están obligadas a cerrar definitivamente el establecimiento.
El proceso de cierre al que se ciñen las alcaldías locales, es el procedimiento administrativo sancionatorio (artículo 47 del Código de Procedimiento Administrativo), el cual ordena las siguientes etapas:
- Averiguaciones preliminares
- Méritos para adelantar proceso
- Formulación de cargos
- Presentación de cargos y solicitud de pruebas (15 días)
- Periodo probatorio (30 días)
- Traslado al investigado por alegatos (10 días)
- Decisión (30 días)
El procedimiento y los tiempos para que se de una decisión final dependen de:
- Número de procesos o casos que la oficina jurídica de la Alcaldía Local tenga
- El factor humano en cuanto a la disposición de los funcionarios para hacer cumplir los términos y hacer seguimiento a los casos
Sin embargo la decisión final no es definitiva, ya que el infractor del uso del suelo puede impugnar o no estar de acuerdo con la decisión de cierre, en dado caso el proceso pasará a segunda instancia, es decir el Consejo de Jusiticia, que maneja otros tiempos.
Es importante anotar que las Alcaldías Locales responden a la Secretaría de Gobierno y el Consejo de Justicia guarda alguna dependencia con esa entidad como lo muestra el organigrama de la pagina de internet oficial gobiernobogota.gov.co:
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| Tomado de http://www.gobiernobogota.gov.co/ |
Los bares solicitaron la extensión del horario para que la rumba se prolongue hasta las 5 a.m., en lugar que su cierre sea a las 3 a.m. La Secretaría de Gobierno accedió a la solicitud a pesar de los costos que implica destinar funcionarios, contratistas y fuerza pública para apoyar una generación de impacto mayor. También desconoce las casi 4000 denuncias de ruido relacionadas por mal uso de suelo, eso significa que un bar y una discoteca incumplen el plan de ordenamiento y están perturbando familias en zonas residenciales.
Pero además de dar prioridad a un gremio, dejar a un lado las solicitudes de la mayoría y acceder a una extensión de rumba que es costosa para la ciudad en términos económicos y de salubridad, cabe preguntarse si el mensaje de cercanía entre bares y Secretaria de Gobierno es recomendable en el escenario actual que se expuso. Hay que tener muy presente que las Alcaldías Locales dependen directamente de la Secretaría de Gobierno y son las que deciden cerrar o no un bar.
Los ciudadanos ven con preocupación esa cercanía y se preguntan si hay suficientes garantías para que las quejas y los procesos que buscan el cierre de los bares ilegales logren una decisión satisfactoria para quienes denuncian.
